Cómo inscribir el nacimiento de tu bebé en el Consulado y no morir en el intento.
- Fernanda Iglesias
- 24 feb 2021
- 6 Min. de lectura
Actualizado: 11 mar 2024

No sé tú, pero yo, es ponerme a pensar en hacer algún trámite en el consulado y me entra ansiedad. La página web está diseñada para que pierdas la paciencia. Te va redirigiendo de un sitio a otro en círculos y es muy complicado encontrar la información necesaria. Por eso me he decidido a escribir esta entrada, para intentar recopilar en un lugar toda la información y enlaces necesarios a la hora de inscribir un nacimiento en el Registro Civil. Espero que te sirva de ayuda y sea un quebradero de cabeza menos. Empezamos!
Antes de poder solicitar el pasaporte español para tu hijo, tendrás que inscribir su nacimiento en el Registro Civil del Consulado correspondiente. Dependiendo de dónde vivas te tocará el de Londres, Manchester o Edimburgo. Aquí puedes comprobar cual de ellos te corresponde. Los formularios mostrados son los del Consulado de Londres.
Lo primero que tienes que hacer, antes de poder empezar ningún trámite relacionado con el bebé en el Consulado, es registrar al bebé en tu Council. El certificado de nacimiento que te dan es el que usarás para después poder inscribir el nacimiento en el consulado, necesitas el Full Birth Certificate.
Atención, a consecuencia del Brexit, todos los documentos no europeos (certificado de nacimiento, matrimonio etc.) deberán ser apostillados. Más información de cómo hacerlo en este enlace. Aquí os dejo la parte de la web del consulado en dónde lo mencionan.
Importante: Para poder realizar cualquier trámite en el consulado, incluido el registro de nacimiento, al menos uno de los progenitores debe estar dado de alta en la demarcación consular. Si no lo estás, ahorra tiempo y hazlo de inmediato, ya sabemos que todo lo relacionado con la burocracia española va lento. Por suerte es un trámite que se puede hacer por correo. Puedes ver aquí lo que necesitas para darte de alta.
Cuando ya estés dado de alta como residente y el bebé registrado en el Council local, el siguiente paso es inscribir el nacimiento y darlo de alta como residente. Los papeles que necesitas para registrarlo depende de las circunstancias personales de cada familia. Aquí puedes encontrar toda la información.
En el formulario que te corresponda verás detallado lo que necesitas adjuntar en cada caso. Al ser un trámite que se hace por correo, es muy importante que leas con atención el formulario para saber que papeles tendrás que adjuntar. Si te falta algo te lo denegarán y vuelta a empezar.
Lo más común que te pueden pedir suele ser:
Foto tamaño carnet a color y reciente del niño (hecha hace menos de 6 meses). Puedes hacerlas en casa con una sábana blanca detrás y llevarlas a imprimir. Algunas de las tiendas de fotos están abiertas durante el lockdown, con cita previa (snappy snaps y similares)
Copias de los pasaportes o DNI de los padres. Puede que te las pidan compulsadas o no, dependiendo de tus circunstancias personales. Se pueden compulsar en algunas Post Office o por alguien que no sea un familiar tuyo y trabaje en alguna de estas profesiones.
Certificado de nacimiento del niño, no aceptan el short birth certificate.
Certificado literal de nacimiento de los padres, expedido en los últimos 6 meses o menos. (Original y copia si quieres que te lo devuelvan) Puedes pedir tu certificado de nacimiento aquí.
Libro de familia si lo tienes.
Certificado de matrimonio expedido en los últimos 6 meses (original y copia).
Sobre “Pre paid special delivery guaranteed” para que te puedan enviar los documentos originales.
Si algún progenitor está divorciado, certificado literal de matrimonio donde conste la inscripción de divorcio. Antigüedad de un máximo de 6 meses.
Si algún progenitor es viudo, certificado de matrimonio y defunción del cónyuge, máximo 6 meses de antigüedad.
Recuerda que puede que no te pidan todo esto, depende de lo que respondas a las preguntas del cuestionario y lo que ponga el formulario que te hayas descargado. Puede que a tu amiga le hayan pedido distintos papeles que a ti porque una esté casada y la otra no o porque su pareja sea de otro país.
Si te has casado en la demarcación consular, tendrás que registrar el matrimonio al mismo tiempo. Para descargarte el formulario correspondiente, entra en este enlace.
Si alguno de los documentos que tienes que adjuntar no están en uno de los idiomas aceptados por el Consulado (español, inglés, francés, italiano o portugués) deberán ser traducidos. Aquí puedes leer sobre opciones de traducción (apartado de traductores e intérpretes)
Incluye tu dirección de correo electrónico para que te puedan enviar el número de matrícula y contraseña del bebé.
Ahora vamos a desgranar los formularios a rellenar:
INSCRIPCIÓN DEL NACIMIENTO:
Datos del nacido:
El nombre puede ser, simple, compuesto o dos nombres ( Ana, Ana María o María del Mar)
Apellidos: Es obligatorio inscribir al niño con dos apellidos pues así lo dispone la ley. El orden puede ser, primero del padre y primero de la madre o primero de la madre y primero del padre.
Datos del padre - madre:
Solamente han de cubrirse si aparece en el certificado de nacimiento del niño. En caso de madres solteras en las que el padre no aparece en el certificado de nacimiento, se dejará en blanco.
Declarantes:
A rellenar y firmar por el padre y madre, a no ser que el padre no aparezca en el certificado de nacimiento. Si el padre figura en el certificado de nacimiento, es obligatorio que firme aunque los padres no estén juntos.
INSCRIPCIÓN COMO RESIDENTE
1 .Oficina consular de España en LONDRES
2. Si estás registrando a un menor que no tiene todavía pasaporte y DNI esos datos se dejarán en blanco.
3. Todos los datos marcados con un asterisco son opcionales, no hay obligación de rellenarlos. Pero si no pones un correo electrónico de contacto, no podrán enviarte el número de matrícula y contraseña que necesitarás para pedir cita para pasaportes.
4. Lugar de empadronamiento actual y Municipio y Provincia de inscripción, deberán quedar en blanco a no ser que haya estado inscrito o empadronado en España.
5. Firma: al ser un menor, deberá ser firmado por el padre, la madre o tutor. Los datos a rellenar al lado son los de la persona que firma por el menor.
INSCRIPCIÓN EN EL CERA (Censo Electoral de Residentes Ausentes)

Hay que rellenarlo en mayúsculas y una letra por recuadro.
Si no tiene pasaporte o DNI se dejan estos campos en blanco.
Municipio / Provincia de inscripción a efectos electorales. Aquí puedes elegir la provincia española en la que se registrará al niño cuando pueda votar. Se suele poner la de uno de los progenitores.
Firma del padre, madre o tutor.
Enhorabuena, has conseguido rellenar todos los formularios. Ahora lo que te falta es imprimirlos y enviar toda la documentación incluyendo la primera hoja en la que especifica lo que se debe enviar (hoja informativa). Recomiendo sacar foto o escanear todos los documentos que vas a enviar. No te olvides de incluir el sobre “Pre paid special delivery guaranteed” con toda la documentación.
La dirección del consulado de Londres es:
Consulado General de España en Londres
REGISTRO CIVIL CONSULAR
20 Draycott Place
London SW3 2RZ
Con suerte has seguido todos los pasos y adjuntado todo lo necesario y en unas semanas te llegará un correo confirmando que todo está correcto y con el número de matrícula y contraseña de tu hijo. Con esto, podrás pedir cita para poder sacarle el pasaporte.
Mi recomendación es que leas detenidamente los formularios de la página del consulado, porque son famosos por cambiar los requisitos cada dos por tres. Pero al menos esto te servirá de orientación. Si tienes cualquier duda, no te molestes en llamarlos por teléfono, no lo contestan, deben tenerlo de adorno. Escríbeles un correo. Te dejo aquí los emails de contacto.
• Correo electrónico general (consultas sobre información general): cog.londres@maec.es
• Sección de Nacionales (pasaportes, certificados de vida y estado, registro de matrícula consular, similar al empadronamiento: cog.londres.nac@maec.es
• Registro Civil (nacimientos, matrimonios, defunciones, nacionalidad): cog.londres.rgc@maec.es
• Legalizaciones (compulsas, legalizaciones, autorizaciones de viaje, certificados de pérdida o robo): cog.londres.leg@maec.es
• Asistencia consular (detenidos, solicitudes de paradero, salvoconductos): cog.londres.asis@maec.es
• Notaría (poderes notariales): cog.londres.not@maec.es
• Visados: cog.londres.vis@maec.es
Por último, si has visitado el Consulado recientemente y quieres dejar constancia del trato o servicio recibido, bueno o malo, tienen una encuesta de satisfacción que no suelen promocionar. En este enlace la puedes rellenar.
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